DECRETO DE PRÓRROGA DE VIGENCIA DEL INFORME AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICO DEL PP 24 “PARAIS NORD”

Concejalía: Urbanismo

En relación con la propuesta de Plan Parcial del Sector PP-24 “PARAIS NORD” del P.G.O.U. de la Vila Joiosa, que se encuentra en fase de tramitación administrativa, habiéndose completado la fase de exposición pública y la mayor parte de los informes sectoriales.
CONSIDERANDO el informe emitido por el Técnico Urbanista Municipal en fecha 10.02.2026 que, dispone literalmente:

“Por medio de la presente, vengo a cumplimentar el referido encargo, en base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO.
PRIMERO.- Mediante RESOLUCIÓN de 22/06/2022, se acordó:

  • “ …PRIMERO.- Concluir que el proyecto de Plan Parcial del sector de suelo urbanizable PP 24 del P.G.O.U. no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y el territorio de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo VIII del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio,
    del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP).
  • SEGUNDO.- Proponer al órgano ambiental y territorial municipal que emita informe ambiental y territorial estratégico favorable en el procedimiento simplificado de evaluación ambiental y territorial estratégica del Plan Parcial del sector de suelo urbanizable PP 24 del
    P.G.O.U.
  • TERCERO.- Incluir este informe en la documentación del instrumento de planeamiento a los efectos de ponerlo en conocimiento del órgano promotor y del órgano sustantivo para la continuación de la tramitación urbanística del Plan Parcial.
  • CUARTO.- Solicitar a la AGRUPACION DE INTERÉS URBANÍSTICO PP24 PARAIS NORD, y al técnico redactor del borrador del Plan Parcial, la presentación de la version completa del proyecto teniendo en cuenta los condicionantes establecidos en los informes municipales emitidos antes del inicio de la tramitación urbanística del expediente.
  • QUINTO.- Ordenar la publicación del extracto de la resolución de informe ambiental y territorial estratégico por el procedimiento simplificado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana a los efectos establecidos en el 56.8 del TRLOTUP, así como en la página web municipal.
  • SEXTO.- Esta resolución de informe ambiental y territorial estratégico por el procedimiento simplificado no es susceptible de ningún recurso por considerarse acto de trámite, sin perjuicio de los recursos que, si resulta, sean procedentes en vía contenciosa-administrativa ante el acto
    que apruebe el instrumento de planeamiento Plan Parcial del sector PP 24 del P.G.O.U., lo cual no es inconveniente para que puedan utilizarse los medios de defensa que se estimen convenientes en derecho.
  • SEPTIMO.- Esta resolución de informe ambiental y territorial estratégico perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, no se aprobara el Plan Parcial del sector PP 24 del
    P.G.O.U. en el plazo máximo de cuatro años. En tal supuesto el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental y territorial estratégica simplificada.
  • OCTAVO.- Realizadas dichas actuaciones se someterá el Plan Parcial del sector PP 24 del P.G.O.U. a información pública por plazo mínimo de 45 días previsto en el art. 61.1 a) del TRLOTUP asegurando las medidas mínimas de publicidad exigidas en el art. 55.2.”

SEGUNDO.- Mediante anuncio en el DOGV nº 9383 de 14/07/2022, se hizo pública la anterior resolución, es decir el Informe Ambiental y Territorial Estratégico favorable emitido para el Plan Parcial del Sector de suelo urbanizable PP-24, y tramitado por el procedimiento simplificado.

TERCERO.- Hay que tener presente la práctica de los siguientes antecedentes seguidos en el expediente de tramitación del Programa de Actuación Integrada, y en concreto las consultas interesadas a las Administraciones Públicas afectadas:

– Decreto resolución ambiental 3104/22.06.22
– Publicación DOCV resolución ambiental nº 9383/14.07.22.
– Aportación AT, PJE y PP, reg.ent. 13688/27.06.23 y 7204/2.4.24.
– Decreto información pública 2120/20.5.24
– Publicación DOCV información pública nº 9865/6.6.24.
– Consultas enviadas 10.6.24 a:
1. Hidraqua
2. Iberdrola
3. Telefónica
4. Gas Natural
5. Servicio territorial Urbanismo
6. Servicio provincial de Costas
7. Confederación hidrográfica del Júcar
8. Consorcio Aguas
9. Consellerías de Sanidad, Educación, Política Territorial, Igualtat, Agricultura.
10. Epsar
– Informes recibidos:
1. Consorcio Aguas, reg.ent. 13748/13.6.24
2. Telefónica, reg.ent. 14549/25.6.24.
3. Igualtat, reg.ent. 15465/1.7.24
4. Servicio Territorial Urbanismo, reg.ent. 17678/19.7.24.
5. Gestión Residuos, reg.ent. 17997/30.7.24.
6. Sanitat, reg.ent. 18026/30.7.24.
7. Confederación hidrográfica del Júcar, reg.ent. 20814/16.9.24.
8. Servicio provincial Costas, reg.ent. 25296/7.11.24.
– Notificaciones enviadas 10.10.24.
– Decreto prórroga información pública 4899/22.11.24.
– Notificaciones enviadas 22.11.24.
– Solicitud estado tramitación URB. GARDEN COURT, reg.ent. 26581/22.11.24.
– Publicación DOCV prórroga 10.12.24.
– Consultas enviadas de nuevo 12.12.24., además de las anteriores se envía también a FGV y a
Dirección Gestión del medio natural.
– Informes recibidos:
1. Educació, reg.ent. 28028/9.12.24
2. Igualtat, 590/14.1.25
3. Servicio Territorial Urbanismo, reg.ent. 597/14.1.25.
4. Iberdrola, reg.ent. 670/15.1.25
5. Sanitat, reg.ent. 773/16.1.25.
6. FGV, reg.ent. 1371/23.1.25
7. Sanitat, reg.ent. 3958/21.2.25
8. Gestión Residuos, reg.ent. 11035/19.5.25
9. Epsar, reg.ent. 16898/1.8.25
10. Educació, reg.ent. 25930/21.11.25
11. Confederación hidrográfica, reg.ent. 124/7.1.26.
– Publicación no notificados BOE nº 16/18.1.25.
– Solicitud cobro cuotas rotonda L’ILLA DE MINOS, reg.ent. 1739/29.1.25.
– Personación interesado UNIVERSO DE CONTROL, reg.ent. 1271/23.1.26.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

PRIMERO.- Considerando que la Alternativa Técnica, y en concreto la propuesta de Plan Parcial del Sector PP-24 “PARAIS NORD” del P.G.O.U. de la Vila Joiosa, se encuentra en fase de tramitación administrativa, habiéndose completado la fase de exposición pública y la mayor parte de los informes sectoriales. Sin embargo, se encuentra pendiente la emisión del Informe Sectorial de la Dirección General del Medio Natural, en relación con el PATRICOVA (Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial Sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana), solicitado 12/12/2024.

SEGUNDO.- Considerando la imposibilidad de proceder a la aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector PP-24 “PARAIS NORD” del P.G.O.U. de la Vila Joiosa, dentro del plazo de cuatro años desde la publicación del Informe de Evaluación Ambiental Territorial Estratégico publicado en el DOGV de 14/07/2022, se debe exclusivamente a causas ajenas a la voluntad de este Ayuntamiento, habida cuenta la demora en la obtención del informe reseñado, preceptivo y vinculante, impide avanzar a la siguiente fase administrativa.

TERCERO.- Considerando lo establecido en el art. 53.7 del Decreto Legislativo 1/2021 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (en adelante TRLOTUP), establece:

  • “7. El informe ambiental y territorial estratégico perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, no se hubiera procedido a la aprobación del plan en el plazo máximo de cuatro años, prorrogable por otros dos, desde su publicación. En tales casos, la parte promotora deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental y territorial estratégica simplificada del plan.”

Procede, previo el correspondiente informe técnico que se acredite que no se han producido cambios significativos en el modelo territorial propuesto, y que los valores ambientales detectados en la fase de evaluación simplificada tampoco han sufrido degradación ni cambios que invaliden el diagnóstico original.

Por lo que,
VENGO A INFORMAR:

PRIMERO.- Procede emitir informe técnico que acredite que no se han producido cambios significativos en el modelo territorial propuesto en el Sector PP-24, así como en los valores ambientales detectados en la fase de evaluación ambiental territorial estratégica simplificada, de tal forma que tampoco han sufrido degradación ni cambios que invaliden el diagnóstico original del Informe Ambiental y Territorial Estratégico
de 22/06/2022, publicado en el DOGV de 14/07/2022.

SEGUNDO.- Cumplimentado el anterior trámite, procederá PRORROGAR LA VIGENCIA del Informe Ambiental y Territorial Estratégico del Plan Parcial del Sector PP-24 “PARAIS NORD” del P.G.O.U. de la Vila Joiosa, por un periodo de dos años adicionales, extendiéndose su validez hasta el 14/07/2028.

TERCERO.- Procede publicar la presente resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, así como insertar el correspondiente anuncio en el DOGV.

Lo que informo a los efectos oportunos en Villajoyosa.”

CONSIDERANDO el informe técnico emitido por el Jefe de Servicio de Urbanismo en fecha 10.02.2026 que, establece:

“Visto el informe jurídico de fecha 10 de febrero de 2.026 en relación con la prórroga de la vigencia del Informe Ambiental y Territorial Estratégico del Plan Parcial del Sector PP-24 “PARAIS NORD” del P.G.O.U. de la Vila Joiosa, procede informar:

Que NO se han producido cambios significativos en el modelo territorial propuesto en el Sector PP-24 ni en los valores ambientales detectados en la fase de evaluación ambiental territorial estratégica simplificada, ni han sufrido degradación ni cambios que invaliden el diagnóstico original del Informe Ambiental y Territorial Estratégico de fecha 22 de junio de 2.022, publicado en el DOGV de 4 de julio de 2.022, siendo plenamente válido a fecha de hoy.

Lo que informo en Villajoyosa a los efectos oportunos.”

Esta Alcaldía Presidencia, en virtud de las atribuciones que le están conferidas por la vigente legislación de régimen local, VIENE A DISPONER:

PRIMERO.- Prorrogar la vigencia del Informe Ambiental y Territorial Estratégico del Plan Parcial del Sector PP-24 “PARAIS NORD” del P.G.O.U. de la Vila Joiosa, por un periodo de dos años adicionales, extendiéndose su validez hasta el 14/07/2028.

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, así como insertar el correspondiente anuncio en el DOGV.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente, de lo que yo, como Secretario General, certifico.

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